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Tras la reforma de las pensiones, los años de cómputo, la edad para
retirarse y los ejercicios de cotización necesarios para cobrar el 100%
de la cuantía se han modificado.
La reforma del sistema de pensiones que entró en vigor el pasado año,
y que modificó algunas condiciones para la jubilación, también afectó a
algunos requerimientos en el caso de los trabajadores autónomos, a los
años de computo, a la edad de jubilación y a los años necesarios para
cobrar el 100% de la pensión. ABC ha consultado a la asesoría técnica de
la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) acerca de cómo han
afectado los cambios legislativos a este colectivo.
¿Qué consecuencias tiene la reforma para los autónomos?
Por
un lado, se van a computar más años de los que se computaban hasta
ahora para realizar el cálculo de la pensión. Y, por otro lado, se ha
modificado la edad legal (como a los asalariados) para jubilarse, pasando de 65 a 67 años en 2027.
Es una reforma progresiva, lo que supone que cada año desde la entrada
en vigor aumenta la edad de jubilación. En 2014 está en 65 años y dos
meses, y en 2027 estará en 67 años. Este incremento se viene realizando
desde la reforma a razón de un mes por año durante los seis primeros
ejercicios y de dos meses por año durante los nueve últimos.
¿Qué opciones para cotizar tienen los autónomos?
Hay una base mínima que cada año se modifica levemente al alza, de ahora 875 euros. Y una máxima de más de 3.000 euros. El autónomo tiene libertad para elegir su base, y partir de los 48 años la base máxima queda limitada a 1.800 euros.
¿Qué consecuencias tiene escoger la base mínima?
Lógicamente
con la media de las bases de los últimos años para calcular la pensión,
si cotiza con una base más alta la media resultará más alta.
¿Cambia la jubilación anticipada?
Obviamente, es voluntaria, a partir de los 61 años y cumpliendo unos requisitos, se puede decidir adelantar la jubilación.
Anteriormente era más difícil, se necesitaba haber cotizado a un
régimen general y ahora no es necesario, además de estar establecida en
63 años.
¿Cuál es el periodo mínimo de cotización para tener derecho al a pensión?
El
periodo mínimo para tener derecho a una pensión de jubilación es de 15
años, y no se modificó con la reforma. Y el periodo que se tiene en
cuenta para realizar el cómputo se ampliará desde los 15 años hasta los
25 años en 2027.
¿Cuántos años se necesitarán para cobrar el 100%?
Para cobrar el 100% se necesitaban 35 años y con la reforma para cobrarlo se necesitarán 37 años.
¿Hay diferencia entre la pensión de un autónomo y la de un asalariado?
Hay diferencias de media. Las bases de cotización tradicionalmente han sido mucho más bajas que
las de los asalariados, porque al final de la vida laboral de estos
últimos su base y salario suele aumentar. Y la de los autónomos
generalmente son más bajas. Por lo que en términos de media, sale más
también más baja la pensión.
Con
datos de agosto del año pasado, los trabajadores autónomos jubilados
cobraban, de media, 603,76 euros al mes, cuantía casi 350 euros inferior
a la que percibían los jubilados del Régimen General, que en agosto
cobraron una pensión de 952,4 euros mensuales, según los datos del
Ministerio de Empleo difundidos por la organización de autónomos UPTA.
(Noticia extraída de ABC)




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